La sentencia declaró fundado el hábeas corpus presentado por la defensa de la ex primera ministra. El TC concluyó que la ampliación de su prisión preventiva se dictó fuera de plazo y ordenó su inmediata excarcelación.
El Tribunal Constitucional declaró fundado el recurso de agravio constitucional interpuesto por la defensa de la ex presidenta del Consejo de Ministros Betssy Chávez Chino para salir del penal Anexo Mujeres de Chorrillos.
Esta sentencia anula todas las actuaciones relacionadas con la prórroga de la prisión preventiva de Chávez, al haberse dictado ocho días después de vencido el mandato original.

Los magistrados detectaron que su plazo de detención, dispuesto el 20 de junio de 2023 por 18 meses, expiró el 19 de diciembre de 2024 sin nuevo auto judicial que lo extendiera. Pese a ello, la autoridad a cargo convocó la audiencia de prolongación para el 26 de diciembre y resolvió renovarla hasta marzo de 2026, «vulnerando el principio de legalidad y el derecho a la libertad personal».
En su fallo, el TC declaró “nulidad absoluta” de la convocatoria, la audiencia y la resolución de 27 de diciembre de 2024, que autorizó la prórroga extemporánea. Con ello, ordenó al Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria emitir, en el mismo día de notificada la sentencia, la resolución de excarcelación bajo responsabilidad.
El Tribunal subraya que toda medida cautelar debe dictarse antes del vencimiento del plazo preventivo y motivarse con claridad. Además, insta al Ministerio Público a solicitar futuras prórrogas con antelación suficiente y al INPE a acatar de inmediato la orden de libertad, verificando la inexistencia de otra orden de detención.
LO QUE VIENE
La defensa de Chávez, encabezada por los abogados Raúl Martín Noblecilla y Luis Roberto Barranzuela, presentó la demanda de hábeas corpus el 20 de diciembre de 2024, un día después del vencimiento de su prisión preventiva. Alegaron que la ex primera ministra era víctima de detención arbitraria y que en prisión sufría afectaciones a su salud por dietas inadecuadas y condiciones de hacinamiento.
El recurso fue rechazado en primera instancia en enero de 2025, y parcialmente acogido por la Segunda Sala Constitucional de Lima, que reconoció algunas deficiencias pero no ordenó su excarcelación. Ante ello, la defensa recurrió al TC, que ahora ha resuelto en definitiva.
La decisión del Tribunal Constitucional no cierra el proceso penal que enfrenta Chávez por los presuntos delitos de rebelión y conspiración. La ex primera ministra seguirá sometida a investigación y juicio, aunque en libertad.
En paralelo, el Ministerio Público podrá insistir en un nuevo pedido de prisión preventiva, siempre que cumpla los estándares fijados por el Código Procesal Penal y la jurisprudencia constitucional.
